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Túnez: Covid-19 – nuevas restricciones para viajar a España a partir del 14 de julio de 2021

Túnez / Túnez – Tunisair anunció, este martes, que a partir del 14 de julio de 2021 se impondrán nuevas restricciones a los viajes a España, tras las recientes decisiones de las autoridades españolas.

Así, todos los viajeros que se dirijan a España, incluidos los en tránsito y los menores de 6 años, deberán presentar un formulario sanitario personal e intransferible.

Este documento se puede descargar a través de este enlace: https://www.spth.gob.es o mediante la aplicación Spain Travel Health-SpTH.

Una vez completado y firmado este formulario, el viajero recibirá un código QR asociado a su vuelo que deberá guardar en su teléfono móvil o imprimir para pasar el chequeo médico del aeropuerto.

Además, cualquier entrada en territorio español está sujeta a la presentación, en formato digital o en papel, ya sea de un certificado acreditativo de vacunación completa frente a COVID-19 durante al menos 14 días, o bien de un certificado de reincorporación del COVID-19, o un certificado de prueba de cribado en activo. Prueba de infección o antígeno, con resultado negativo, se emite dentro de las 48 horas anteriores a la llegada a territorio español, o se realiza una prueba de PCR con menos de 72 horas antes de la llegada a territorio español con resultado negativo.

Los certificados de pruebas de diagnóstico (PCR o RAPID) deben incluir al menos la siguiente información: el nombre y apellido del propietario, la fecha de recolección de la muestra, el tipo de prueba realizada y el país de emisión.

Además, no se aceptarán viajeros, especialmente los tunecinos que no residan en España o en alguno de los países Schengen y CEE, con las siguientes excepciones:

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1. Residentes ordinarios de la Unión Europea, Países Asociados Schengen, Andorra, Mónaco, Vaticano (Santa Sede) o San Marino que viajen a España, aportando prueba documental.

2. Titulares de un visado de residencia de larga duración expedido por un Estado miembro o un país asociado a Schengen que viajen a España.

3. Profesionales de la salud, incluidos investigadores y profesionales de cuidados paliativos, que viajen hacia y desde su actividad profesional.

4. Trabajadores del transporte, gente de mar y personal de aviación necesarios para realizar actividades de transporte aéreo.

5. Personal que trabaje en los campos diplomático, consular, internacional, militar, civil y humanitario en el desempeño de sus funciones.

6. Estudiantes que estudien en Estados Miembros o Países Asociados a Schengen que cuenten con un permiso o visado de larga duración y el correspondiente seguro médico, siempre que viajen al país en el que estén estudiando y la entrada se realice durante el curso académico o 15 días antes. .